La Confesión

TEMA: SACRAMENTO 
DE RECONCILIACIÓN, 
PENITENCIA O CONFESION:

Sacramento por el cual se perdonan los pecados cometidos después del Bautismo. (CIC 1446)
 
I.- DISTINTOS NOMBRES
 
Penitencia, viene del latín “poenitere” que significa: tener pena, dolores, arrepentirse.
Porque se sigue todo un proceso de conversión, arrepentimiento y de reparación.
 
Reconciliación, porque hay una verdadera reconciliación con Dios, con la iglesia, con los hermanos y con nosotros mismos. (Mt. 5,24; 2ª Cor 5,18-21; cf. CIC 1424)
 
Confesión: porque declaramos y confesamos los pecados ante el sacerdote. CIC 1424
 
Lo importante de este sacramento es lo siguiente: Cristo ofrece a todo bautizado la oportunidad de volver a Dios de reconciliarse con Dios, si se hubiera extraviado, es como la segunda tabla de salvación después del naufragio al perder la gracia, la primera tabla fue el bautismo.

II.- INSTITUCIÓN DEL SACRAMENTO

 
En el Antiguo Testamento: Levítico 5,5-6 "...en todos estos casos el que cometió el delito confesará primero su pecado y ofrecerá al Señor por su pecado una hembra de ganado menor, oveja o cabra. Y el sacerdote le expiará de su pecado.
 
En el Nuevo Testamento: (Mt 16,19; Jn 20, 22-23; Stgo 5,16; 2ª Cor 5,18-21, Hech 19,18)
Cristo otorga a Pedro y a los demás apóstoles el poder de perdonar pecados (la reconciliación)
 
Mt 16,19 Yo te daré las llaves del reino de los cielos, todo lo que ates en la tierra quedara atado en el cielo y lo que desates en la tierra quedara desatado en el cielo….
Jn 20, 22-23 Dicho esto soplo sobre ellos y les dijo: “Reciban el Espíritu Santo: a quienes descarguen de sus pecados serán liberados y a quienes se los retengan, les serán retenidos.
 
III.- FORMA DEL SACRAMENTO

 
Son las palabras de la absolución que el sacerdote pronuncia luego de la confesión de los pecados y de haber im­puesto la penitencia. Esas palabras son: "Dios Padre de nues­tro Señor Jesucristo que nos reconcilió por medio del Espíritu Santo, te conceda por el Ministerio de la Iglesia el perdón y la paz. YO TE ABSUELVO DE TUS PECADOS EN EL NOMBRE DEL PADRE Y DEL HIJO Y DEL ESPÍRITU SANTO".
 
Sujeto: El sujeto de este Sacramento es todo bautizado que haya cometido algún pecado, mortal o venial. Es necesario que el fiel cristiano pueda ser sujeto del sacramento desde el uso de razón, cuando ya es capaz de responder de sus propios actos libres.
 
Ministro del sacramento: La Iglesia enseña que la potestad de perdonar los pe­cados es propia de Dios: Cristo prometió a los Apóstoles el poder de perdonar (Mt 18, 18; Jn 20, 23) y a sus legí­timos sucesores en el sacerdocio; de tal manera que, sin la intervención de los sacerdotes, no es posible obtener el perdón en el Sacramento de la Penitencia.
 
Efectos del sacramento: Infunde la gracia santificante (o la aumenta, si ya se poseía), devolviendo la amistad con Dios; Perdona los pecados, la pena eterna y la tem­poral (esta última, en todo o en parte). Restituye las virtudes y los méritos. Confiere la gracia sacramental específica. Reconcilia con la Iglesia.
 
IV.- PASOS PARA LA CONFESION

 
1.- Examen de Conciencia. Analizar nuestra vida y abrir nuestro corazón sin engaños.
CIC. 1454 El decálogo (10 mandamientos)
 
2. Dolor de mis pecados. Sentir un dolor verdadero de haber pecado porque hemos lastimado al que más nos quiere: Dios.
 
3. Propósito de enmienda (no volver a pecar). Si verdaderamente amo, no puedo seguir lastimando al amado. De nada sirve confesarnos si no queremos mejorar. Podemos caer de nuevo por debilidad, pero lo importante es la lucha, no la caída.
 
4. Confesión de boca. El Sacerdote es un instrumento de Dios. Hagamos a un lado la “vergüenza” o el “orgullo” y abramos nuestra alma, seguros de que es Dios quien nos escucha.
CIC.1456
 
5. Recibir la absolución y cumplir la penitencia. Es el momento más hermoso, pues recibimos el perdón de Dios. La penitencia es un acto sencillo que representa nuestra reparación por la falta que cometimos.

V.- LAS CODICIONES DE LA CONFESION

+ Sincera: es decir, sin querer engañar al sacerdote, pues a dios es imposible engañarlo.
+ Completa: es decir, sin callarse ningún pecado.
+ Humilde: es decir, sin altanería ni arrogancia.
+ Prudente: debemos usar palabras adecuadas y correctas y sin nombrar personas ni
                       pecados ajenos.
+ Breve: es decir,
UNA PREGUNTA:
 
- ¿Puede un sacerdote revelar algún secreto de confesión?
La Iglesia Católica declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas. El Código de Derecho Canónico, canon 983,1 dice: «El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminante-mente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo».